Guía 2026 para darse de alta como autónomo en España (paso a paso)

Aviso importante (Asproyen): Esta guía es informativa. No nos hacemos responsables de errores por una aplicación incorrecta o por cambios normativos. Recomendamos la supervisión de un profesional antes de presentar altas, impuestos o elegir bases/bonificaciones.


En 2 minutos: qué tienes que hacer sí o sí

Antes de empezar a trabajar (o hasta 60 días antes), debes estar dado de alta en:

  1. Hacienda (AEAT): alta censal (modelo 036/037).

  2. Seguridad Social (RETA): alta como autónomo en Importass.


1) Preparación (checklist antes de tramitar el alta)

Ten listo esto para no bloquearte en los formularios:

  • Fecha de inicio real (el día que empiezas a facturar/prestar el servicio).

  • Epígrafe IAE (actividad) y tu CNAE.

  • Domicilio fiscal y, si procede, domicilio de actividad.

  • Régimen de IVA/IRPF que te aplica (según actividad).

  • Cuenta bancaria (domiciliar cuota).

  • Método de identificación: certificado digital / DNIe / Cl@ve (muy recomendable para hacerlo todo online).

En el alta del RETA, la propia Seguridad Social indica que te pedirán, entre otras cosas: IAE, CNAE, fecha de inicio, estimación de rendimientos, base de cotización, mutua y cuenta bancaria.


2) Paso 1 — Alta en Hacienda (AEAT) con modelo 036/037

¿Para qué sirve?

Para comunicar a Hacienda que inicias actividad: datos, actividad (IAE), obligaciones fiscales (IVA, pagos fraccionados, retenciones, etc.).

Cómo se hace (online)

  • La AEAT tiene Censos WEB, un servicio de ayuda para presentar el 036 de alta inicial (especialmente pensado para emprendedores).

Puntos que más importan (y donde más se falla)

  • Fecha de inicio (que encaje con tu alta en RETA).

  • Epígrafe IAE correcto.

  • Marcar bien si vas a tener:

    • IVA (modelo 303 trimestral, en la mayoría de actividades).

    • IRPF: pagos fraccionados (modelo 130, en estimación directa; según caso).

    • Retenciones si pagas alquiler de local (115), nóminas/profesionales (111), etc.

  • Si vas a operar con empresas de la UE: ROI/VIES (operador intracomunitario) y, si aplica, modelo 349.


3) Paso 2 — Alta en Seguridad Social (RETA) en Importass

Plazo (muy importante)

  • Debes solicitar el alta antes de iniciar la actividad.

  • Puedes tramitarla con una antelación máxima de 60 días.

  • Si te das de alta después de empezar, se considera fuera de plazo y puede tener efectos económicos (por ejemplo, pago del mes completo).

Decisiones clave durante el alta

  • Estimación de rendimientos netos (para tu tramo de cotización).

  • Base de cotización dentro del tramo.

  • Mutua colaboradora (cubre contingencias profesionales y, en su caso, otras coberturas).

  • Coberturas (cese de actividad, contingencias profesionales, etc., según tu situación).


4) Cuota de autónomos y bonificaciones en 2026

Sistema por ingresos (y regularización)

La Seguridad Social calcula la cuota en función de los ingresos estimados y después puede haber regularización si los ingresos reales no coinciden. Puedes usar el simulador oficial.

Tarifa plana (nuevos autónomos)

Según la guía oficial de Importass:

  • 80 €/mes durante 12 meses si es tu primera alta (con condiciones).

  • A esa cuota se le añade el MEI (0,9%), quedando un total indicado de 88,64 €.

  • Es prorrogable 12 meses más si tus rendimientos son inferiores al SMI y se acredita con la declaración de previsión de rendimientos netos.

  • Hay especialidades (discapacidad ≥33%, víctima VG/terrorismo), con duraciones distintas.

Cotización 2026 (qué pasa con los tramos)

Para 2026, el BOE recoge que se aplican las tablas (general y reducida) previstas para 2025, entendiendo la referencia hecha a 2026.

Consejo práctico: si no tienes claro tu tramo/base, lo mejor es simular y ajustar con criterio para evitar regularizaciones “sorpresa”.


5) Después del alta: obligaciones habituales (lo que nadie te cuenta)

(Depende de tu actividad, pero esto es lo más común)

  • Libros/registros: ingresos, gastos, bienes de inversión (si procede).

  • Modelos trimestrales (normalmente):

    • IVA: 303

    • IRPF autónomos (si aplica): 130

    • Retenciones (si aplican): 111 / 115

  • Modelos anuales (según lo anterior): 390, 190, 180, 347, 349, etc.

  • Facturación correcta desde el día 1 (series, numeración, datos fiscales, retenciones si aplica).

  • Si tienes local o actividad con requisitos: licencias municipales / prevención / protección de datos, etc.


6) Errores típicos (y cómo evitarlos)

  • Darte de alta fuera de plazo en RETA o con fechas que no encajan (Hacienda vs Seguridad Social).

  • Elegir mal el IAE/CNAE y arrastrar errores en impuestos.

  • Marcar incorrectamente obligaciones (IVA/IRPF/retenciones) y “liarla” en el primer trimestre.

  • No pedir tarifa plana cuando corresponde o perderla por un alta mal hecha.


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