Aviso importante (Asproyen): Esta guía es informativa. No nos hacemos responsables de errores por una aplicación incorrecta o por cambios normativos. Recomendamos la supervisión de un profesional antes de presentar altas, impuestos o elegir bases/bonificaciones.
Antes de empezar a trabajar (o hasta 60 días antes), debes estar dado de alta en:
Hacienda (AEAT): alta censal (modelo 036/037).
Seguridad Social (RETA): alta como autónomo en Importass.
Ten listo esto para no bloquearte en los formularios:
Fecha de inicio real (el día que empiezas a facturar/prestar el servicio).
Epígrafe IAE (actividad) y tu CNAE.
Domicilio fiscal y, si procede, domicilio de actividad.
Régimen de IVA/IRPF que te aplica (según actividad).
Cuenta bancaria (domiciliar cuota).
Método de identificación: certificado digital / DNIe / Cl@ve (muy recomendable para hacerlo todo online).
En el alta del RETA, la propia Seguridad Social indica que te pedirán, entre otras cosas: IAE, CNAE, fecha de inicio, estimación de rendimientos, base de cotización, mutua y cuenta bancaria.
Para comunicar a Hacienda que inicias actividad: datos, actividad (IAE), obligaciones fiscales (IVA, pagos fraccionados, retenciones, etc.).
La AEAT tiene Censos WEB, un servicio de ayuda para presentar el 036 de alta inicial (especialmente pensado para emprendedores).
Fecha de inicio (que encaje con tu alta en RETA).
Epígrafe IAE correcto.
Marcar bien si vas a tener:
IVA (modelo 303 trimestral, en la mayoría de actividades).
IRPF: pagos fraccionados (modelo 130, en estimación directa; según caso).
Retenciones si pagas alquiler de local (115), nóminas/profesionales (111), etc.
Si vas a operar con empresas de la UE: ROI/VIES (operador intracomunitario) y, si aplica, modelo 349.
Debes solicitar el alta antes de iniciar la actividad.
Puedes tramitarla con una antelación máxima de 60 días.
Si te das de alta después de empezar, se considera fuera de plazo y puede tener efectos económicos (por ejemplo, pago del mes completo).
Estimación de rendimientos netos (para tu tramo de cotización).
Base de cotización dentro del tramo.
Mutua colaboradora (cubre contingencias profesionales y, en su caso, otras coberturas).
Coberturas (cese de actividad, contingencias profesionales, etc., según tu situación).
La Seguridad Social calcula la cuota en función de los ingresos estimados y después puede haber regularización si los ingresos reales no coinciden. Puedes usar el simulador oficial.
Según la guía oficial de Importass:
80 €/mes durante 12 meses si es tu primera alta (con condiciones).
A esa cuota se le añade el MEI (0,9%), quedando un total indicado de 88,64 €.
Es prorrogable 12 meses más si tus rendimientos son inferiores al SMI y se acredita con la declaración de previsión de rendimientos netos.
Hay especialidades (discapacidad ≥33%, víctima VG/terrorismo), con duraciones distintas.
Para 2026, el BOE recoge que se aplican las tablas (general y reducida) previstas para 2025, entendiendo la referencia hecha a 2026.
Consejo práctico: si no tienes claro tu tramo/base, lo mejor es simular y ajustar con criterio para evitar regularizaciones “sorpresa”.
(Depende de tu actividad, pero esto es lo más común)
Libros/registros: ingresos, gastos, bienes de inversión (si procede).
Modelos trimestrales (normalmente):
IVA: 303
IRPF autónomos (si aplica): 130
Retenciones (si aplican): 111 / 115
Modelos anuales (según lo anterior): 390, 190, 180, 347, 349, etc.
Facturación correcta desde el día 1 (series, numeración, datos fiscales, retenciones si aplica).
Si tienes local o actividad con requisitos: licencias municipales / prevención / protección de datos, etc.
Darte de alta fuera de plazo en RETA o con fechas que no encajan (Hacienda vs Seguridad Social).
Elegir mal el IAE/CNAE y arrastrar errores en impuestos.
Marcar incorrectamente obligaciones (IVA/IRPF/retenciones) y “liarla” en el primer trimestre.
No pedir tarifa plana cuando corresponde o perderla por un alta mal hecha.