VERIFACTU y facturación electrónica:

qué es, a quién afecta y cómo prepararte (sin improvisar)

En Asproyen seguimos impulsando esta nueva etapa digital (nuevo diseño de asproyen.com y nuevos perfiles en redes sociales) con contenidos útiles, claros y orientados a decisiones prácticas.

📌 Si acabas de llegar, te recomendamos leer primero nuestro artículo de bienvenida: Asproyen estrena nueva web y redes.

📌 Y si ahora mismo estás centrado en la campaña de Renta, aquí tienes nuestra guía: Guía práctica para la Renta 2025 (Campaña 2026).

Dicho esto, vamos al tema que más dudas está generando entre autónomos y empresas: VERIFACTU y la adaptación de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF).

índice de contenido

Primero lo importante: no confundas “VERI*FACTU” con “factura electrónica B2B”

Aunque se habla de ambos temas como si fueran lo mismo, no lo son:

  • VERI*FACTU / SIF (Ley Antifraude): regula cómo debe funcionar tu software de facturación para garantizar integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
  • Factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (Ley Crea y Crece): obliga a emitir/recibir factura electrónica estructurada en relaciones B2B (entre empresarios/profesionales). Su aplicación efectiva y plazos dependen del desarrollo reglamentario.

En este artículo nos centramos en VERI*FACTU / SIF, y te dejamos las claves para prepararte con tiempo.

¿Qué es VERI*FACTU (y qué significa en el día a día)?

VERI*FACTU forma parte del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). En la práctica, significa que:

  • Si emites facturas con un programa/TPV/ERP, ese sistema debe cumplir requisitos técnicos y funcionales.
  • El sistema debe generar registros de facturación con garantías (sin “borrados” invisibles, con trazabilidad).
  • La factura incorporará un código QR (o su equivalente si la factura es electrónica).
  • En modalidad VERIFACTU, además, se incorpora la mención correspondiente (por ejemplo, **“VERIFACTU”** o “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”).

Idea clave: no es solo “cambiar de programa”, sino ordenar el proceso de facturación para que quede correctamente registrado.

Nuestros servicios:

Fiscal

  • Gestión y presentación de impuestos.
  • Planificación fiscal y prevención de riesgos.
  • Asistencia ante requerimientos y comunicaciones.

Contable

  • Contabilidad y cierres periódicos.
  • Organización documental y control de gastos/ingresos.
  • Apoyo para interpretar números y tomar decisiones.

Laboral

  • Altas/bajas, contratos y nóminas.
  • Seguros sociales y obligaciones laborales.
  • Asesoramiento en incidencias y situaciones especiales.

Laboral

  • Constitución de sociedades y trámites societarios.
  • Cambios, modificaciones y gestión documental.
  • Apoyo en decisiones estructurales del negocio.
  •  

Nuestra forma de trabajar se basa en una idea: hacerlo bien, hacerlo claro y hacerlo a tiempo.

Fechas de adaptación (las dos grandes fechas de referencia)

La obligación de tener el sistema adaptado se fija en dos hitos:

  • Antes del 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • Antes del 1 de julio de 2027: el resto de obligados (por ejemplo, muchos autónomos y otros supuestos incluidos en el reglamento).

Consejo Asproyen: si facturas a diario, no lo dejes para el final. La adaptación no es solo instalar; implica revisar procesos y configuraciones.

¿A quién afecta?

En términos generales, afecta a quienes desarrollan actividades económicas y facturan mediante sistemas informáticos, incluyendo:

  • Empresas sujetas a Impuesto sobre Sociedades.
  • Autónomos (IRPF) que desarrollen actividades económicas.
  • No residentes con establecimiento permanente.
  • Entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividad.

Importante sobre territorio

Se aplica en territorio español, teniendo en cuenta regímenes forales (País Vasco y Navarra) y particularidades (Canarias, Ceuta y Melilla). En territorio foral, se atiende a si el domicilio fiscal está en territorio común.

Caso habitual de “no aplicación”

El reglamento no se aplica a quienes llevan los libros registro de IVA en el sistema específico previsto en la normativa (por ejemplo, determinados obligados al SII). Cada caso hay que revisarlo.

Modalidades de cumplimiento: VERIFACTU vs NO VERIFACTU

A nivel práctico, el cumplimiento puede articularse en dos modalidades:

A) Modalidad VERI*FACTU (facturas verificables)

  • El sistema permite la remisión de registros a la AEAT.
  • La factura incorpora el QR y la mención VERI*FACTU / “Factura verificable…”.

B) Modalidad NO VERI*FACTU (sin facturas verificables)

  • Las facturas no son verificables en sede.
  • Aun así, el sistema debe cumplir requisitos de integridad, trazabilidad y conservación.
  • También se incorpora el QR en la factura y existe la posibilidad de comunicación/cotejo según el caso.

Recomendación: elegir modalidad no es “mejor o peor” de forma universal. Depende del volumen de facturación, el tipo de cliente, tus procesos y tu herramienta.

Checklist de adaptación para autónomos y pymes (paso a paso)

Paso 1 — Identifica cómo estás facturando hoy

  • ¿Usas un programa de facturación/ERP/TPV?
  • ¿Emites desde Word/Excel?
  • ¿Tienes varias cajas/terminales?

Paso 2 — Determina si estás dentro del ámbito

  • Tipo de contribuyente (IS / IRPF actividad / etc.)
  • Territorio (común / foral)
  • Regímenes especiales (p. ej., SII)

Paso 3 — Elige herramienta compatible (o adapta la actual)

  • Verifica con tu proveedor que cumple el reglamento y la orden técnica.
  • Solicita confirmación de actualizaciones y calendario de implantación.

Paso 4 — Revisa tu proceso interno

  • Series de facturación, numeración, rectificativas.
  • Control de accesos (quién emite/anula/modifica).
  • Procedimiento de corrección: rectificar en lugar de “borrar”.

Paso 5 — Prueba antes de “pasar a producción”

  • Emite facturas de prueba.
  • Verifica que el QR aparece correctamente.
  • Comprueba que el sistema genera los registros como corresponde.

Paso 6 — Forma mínima al equipo

Con 30–60 minutos de formación interna, se evitan los errores que luego cuestan tiempo (y dinero).

¿Y esto cómo se relaciona con tu Renta y tus impuestos?

Una facturación ordenada y coherente no solo es un requisito técnico: impacta directamente en tu fiscalidad.

  • Para autónomos, una buena trazabilidad facilita cierres trimestrales y reduce descuadres.
  • En campaña de Renta, tener ingresos/gastos bien estructurados simplifica la revisión y evita sustos.

Por eso te recomendamos revisar también: Guía práctica para la Renta 2025 (Campaña 2026).

Cómo te ayuda Asproyen a prepararte

En Asproyen podemos acompañarte en todo el proceso, desde el diagnóstico hasta la implantación:

  • Análisis de tu caso y obligación aplicable.
  • Revisión de tu método de facturación y riesgos.
  • Coordinación con tu proveedor de software.
  • Definición de procedimientos (series, rectificativas, control interno).
  • Soporte en la transición para que tu facturación siga funcionando sin parones.

Asproyen
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Aviso importante

Este artículo tiene carácter informativo y orientativo. La aplicación práctica puede variar según el régimen, el tipo de actividad, el territorio y la herramienta utilizada.

Recomendamos supervisión profesional antes de implantar cambios o dar por cumplidas obligaciones. Asproyen no se hace responsable del uso incorrecto de la información o de interpretaciones erróneas.