Transmitir bienes o dinero:
herencia, donación o venta
(impuestos y checklist)

Cuando se transmite un bien (una vivienda, un coche, participaciones, etc.) o dinero entre familiares o terceros, la pregunta no es solo “¿cómo lo hacemos?”, sino cómo hacerlo bien: qué figura encaja, qué impuestos pueden aparecer y qué documentación conviene tener lista antes de firmar.

En Asproyen lo vemos a menudo: operaciones hechas “de palabra”, transferencias sin justificar, ventas entre familiares sin estudiar el impacto… y luego llegan los problemas.

Si estás siguiendo nuestros contenidos, te puede interesar:

índice de contenido

Diferencias clave (en 60 segundos)

1) Herencia

  • Cuándo ocurre: por fallecimiento.
  • Quién recibe: herederos/legatarios.
  • Idea fiscal: el receptor incrementa patrimonio por causa hereditaria.

2) Donación

  • Cuándo ocurre: en vida, de forma gratuita.
  • Quién recibe: donatario (hijo, familiar, tercero).
  • Idea fiscal: el receptor incrementa patrimonio por una entrega sin contraprestación.

3) Venta


    • Cuándo ocurre: transmisión onerosa, a cambio de un precio.
    • Quién paga: comprador paga el precio; vendedor entrega el bien.
    • Idea fiscal: puede generar ganancias/pérdidas para el vendedor y tributos para la adquisición.
 

Punto crítico: lo que de verdad define la operación es la realidad económica. Si se “simula” una venta sin pago real, o una donación encubierta como préstamo, pueden aparecer riesgos fiscales.

 

Qué impuestos pueden aparecer (según el caso)

Nota: la fiscalidad puede variar por Comunidad Autónoma y por el tipo de bien. Aquí te dejamos un mapa claro para orientarte.

A) En herencias

  1. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
    1. Lo paga, normalmente, quien hereda.
  2. Plusvalía municipal (IIVTNU) si hay inmuebles urbanos.
    1. Aplica cuando se transmite un terreno urbano (herencia incluida).
  3. Otros posibles costes.
    1. Notaría, registro, gestoría. Si hay inmuebles: certificados, escrituras, etc.

B) En donaciones

  1. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
    1. Lo paga, normalmente, quien recibe.
  2. Plusvalía municipal (IIVTNU) si se dona un inmueble urbano
  3. IRPF del donante (en algunos casos)
    1. Una donación de un bien puede generar ganancia patrimonial para quien dona (según valores). No siempre es intuitivo y conviene revisarlo.

C) En ventas

  1. Impuesto para el comprador.
    1. Lo habitual en segunda mano: ITP.
    2. En obra nueva (o cuando procede): IVA y, en su caso, AJD.
  2. IRPF del vendedor.
    1. Si se vende por más de lo que costó (ajustado), hay ganancia patrimonial.
  3. Plusvalía municipal (IIVTNU).
    1. Generalmente asociada a transmisión de inmuebles urbanos.

Casos frecuentes y documentación (lo que suele pedir el “mundo real”)

1) Donación de dinero de padres a hijos

Qué suele fallar: se hace por transferencia sin formalizar y luego hay requerimientos.

Documentos recomendados:

  • Justificante de la transferencia.
  • Documento/contrato de donación (fecha, importe, partes).
  • Presentación del impuesto correspondiente si aplica.

Alternativa frecuente: préstamo entre particulares (sin intereses). Requiere contrato y, en muchos casos, presentación del modelo correspondiente aunque sea exento. Hay que hacerlo bien para que no se considere “donación encubierta”.

 

2) Donación de una vivienda

Documentos habituales:

  • Escritura y notas registrales / cargas.
  • Referencia catastral y recibo IBI.
  • Certificado energético (si aplica por normativa/autonómica).
  • Valoraciones / valores fiscales.
  • Escritura de donación ante notario.

 

3) Venta de vivienda entre particulares

Documentos habituales:

  • Nota simple actualizada.
  • Escritura de propiedad.
  • IBI y comunidad al corriente.
  • Certificado energético.
  • Contrato de arras (si aplica) y justificantes de pago.

 

4) Herencia con inmuebles

Documentos habituales:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Testamento (o declaración de herederos si no lo hay).
  • Inventario de bienes y deudas.
  • Escrituras, notas simples, IBI.
  • Escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Checklist “antes de firmar” (para evitar sustos)

1) Define bien qué operación es

  • ¿Es una donación real o hay precio?
  • ¿Es un préstamo o una ayuda que no se devolverá?
  • ¿Hay varios herederos o beneficiarios?

 

2) Calcula el impacto fiscal antes de decidir

  • ISD / ITP / IVA / AJD según corresponda.
  • IRPF por posible ganancia.
  • Plusvalía municipal si hay inmueble urbano.

 

3) Asegura valores y soportes

  • Comprueba valores de referencia/valoración aplicable.
  • Conserva justificantes de pagos y transferencias.
  • Evita “pagos en efectivo” sin trazabilidad.

 

4) Revisa el bien: cargas, titularidad y riesgos

  • Nota simple: cargas, hipotecas, embargos.
  • Situación catastral y recibos.
  • Comunidad y suministros (si es vivienda).

 

5) Documenta correctamente

  • Contrato (arras, préstamo, donación) con fecha y condiciones.
  • Escritura notarial cuando proceda.
  • Presentación de impuestos dentro de plazo.

CTA: te ayudamos a hacerlo bien (antes de que sea tarde)

Cada operación tiene matices: parentesco, valores, bonificaciones autonómicas, vivienda habitual, reinversiones, varios titulares, herencias con usufructos… Por eso, antes de firmar, lo más rentable suele ser una revisión profesional.

En Asproyen podemos:

  • Identificar la opción más adecuada (herencia/donación/venta/préstamo).
  • Estimar impuestos y plazos.
  • Preparar documentación y acompañarte en el proceso.

 

Asproyen
C. 8 de Septiembre, 4, 41440 Lora del Río (Sevilla)
📞 955 80 10 36
✉️ info@asproyen.com

➡️ Llámanos o solicita cita desde el formulario de la web.

Aviso importante

Este artículo es informativo y orientativo. La fiscalidad puede variar según la Comunidad Autónoma, la naturaleza del bien y la situación personal de las partes.

Recomendamos la supervisión de un profesional antes de firmar o presentar impuestos. Asproyen no se hace responsable del uso incorrecto de la información o de interpretaciones erróneas.