Cómo declarar inversiones:
acciones, fondos y criptomonedas (guía básica)

Declarar inversiones no es “solo meter un número” en la Renta. La clave está en tener la información ordenada, entender qué operación tributa y cuál no, y calcular correctamente la ganancia o pérdida patrimonial.

En Asproyen estamos publicando guías claras y aplicables para esta nueva etapa digital. Si quieres contexto, aquí tienes:

En este artículo te explicamos lo básico sobre:

  • Acciones (FIFO + documentación)
  • Fondos (reembolso vs. traspaso)
  • Cripto (venta vs. permuta)
  • Checklist por plataforma

Aviso rápido: es una guía orientativa. Si operas con volumen, con brokers extranjeros, DeFi, o tienes muchas operaciones, conviene revisión profesional.

índice de contenido

Acciones: FIFO, “valores homogéneos” y documentación clave

¿Qué es FIFO y por qué importa?

Cuando vendes acciones que has comprado en fechas distintas, Hacienda aplica el criterio FIFO: se consideran vendidas primero las acciones compradas primero. Es el método legal para identificar qué títulos se transmiten al calcular la ganancia o pérdida patrimonial.

Esto se aplica por tipo de valor y bajo el concepto de valores homogéneos (mismo emisor y misma naturaleza), que es lo que determina si se “mezclan” lotes de compras para aplicar FIFO.

Documentación que debes tener (mínimo)

  • Extracto de compras y ventas (fecha, unidades, precio).
  • Comisiones y gastos de cada operación.
  • Si hubo dividendos: certificado de dividendos y retenciones.
  • Si operas en divisa: tipo de cambio a euros en la fecha de compra/venta (y gastos asociados).

Consejo práctico

Si tu broker te da un “informe fiscal”, úsalo como base, pero valida:

  • Que estén todas las operaciones.
  • Que las fechas y comisiones estén bien.
  • Que la divisa esté convertida correctamente.

Fondos de inversión: reembolso vs. traspaso (y por qué no es lo mismo)

En fondos hay una diferencia fundamental:

A) Reembolso (vender el fondo)

Cuando reembolsas participaciones (total o parcialmente), lo normal es que exista una ganancia o pérdida patrimonial que se integra en la base del ahorro (y suele haber retención si procede).

B) Traspaso (cambiar de fondo)

Si haces un traspaso entre fondos elegibles, suele aplicarse el diferimiento fiscal: no tributas en ese momento y no hay retención; se mantiene la antigüedad/valor de adquisición a efectos fiscales hasta que hagas el reembolso definitivo.

Importante: el diferimiento se aplica en condiciones concretas (por ejemplo, fondos españoles y ciertos fondos UCITS comunitarios registrados). No todos los productos ni todas las plataformas encajan igual.

Documentación que debes tener

  • Certificado anual de tu banco/gestora (reembolsos, traspasos, retenciones).
  • Detalle de operaciones: fecha, participaciones, valor liquidativo, comisiones.

Criptomonedas: venta vs. permuta (sí, el “intercambio” también cuenta)

Con cripto suele haber dos errores típicos:

  1. Creer que solo tributa cuando pasas a euros.
  2. No llevar control de precios y comisiones.

A) Venta de cripto a euros

Genera ganancia o pérdida patrimonial: diferencia entre lo obtenido (en euros) y el coste de adquisición (en euros), teniendo en cuenta gastos relacionados.

B) Permuta: cripto por otra cripto

La permuta (por ejemplo, BTC → ETH) también genera ganancia o pérdida patrimonial. Aunque no “salga” dinero a tu cuenta, hay una transmisión a cambio de otra moneda virtual y se declara.

Detalles que te ahorran problemas

  • Calcula por cada tipo de criptomoneda de forma independiente.
  • Convierte operaciones a euros según la fecha de cada movimiento.
  • Guarda el histórico de operaciones y comisiones (trading fees, spreads, etc.).

Checklist por plataforma (qué descargar antes de hacer la Renta)

A) Banco o broker español (cuenta en España)

  • Informe fiscal anual (compras/ventas, dividendos, retenciones)
  • Extracto de operaciones (CSV/PDF)
  • Comisiones y gastos

 

B) Broker extranjero (DEGIRO, IBKR, eToro, Trading 212, etc.)

  • Histórico completo de operaciones (trades)
  • Informe anual (si existe)
  • Divisa y tipos de cambio aplicados
  • Comisiones por operación
  • Dividendos y retenciones en origen (si aplica)

Consejo: en brokers extranjeros es habitual que no aparezca todo “precargado” en los datos fiscales. Hay que cuadrarlo.

 

C) Robo-advisor / carteras gestionadas

  • Informe anual de aportaciones y reembolsos
  • Detalle de operaciones internas (si el producto lo permite)
  • Certificados de retenciones

 

D) Exchange de criptomonedas (Binance, Coinbase, Kraken, Bit2Me, etc.)

  • Histórico de trades (compra/venta/permuta)
  • Depósitos y retiradas
  • Comisiones (trading fees)
  • Conversiones a euros / stablecoins

 

E) Wallet propia / DeFi

  • Registro de movimientos on-chain (hash/fecha/importes)
  • Precio en euros en la fecha de cada operación
  • Comisiones de red (gas fees)

Si haces DeFi, staking, lending o productos complejos, conviene revisión porque la casuística se multiplica.



¿Quieres que te lo dejemos cuadrado y sin sorpresas?

Si has operado con acciones, fondos o cripto y quieres declarar con tranquilidad, en Asproyen te ayudamos a:

  • Ordenar documentación y cuadrar operaciones.
  • Calcular correctamente ganancias/pérdidas (FIFO, divisas, comisiones).
  • Revisar fondos (reembolso vs traspaso) y cripto (venta vs permuta).

Asproyen
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Aviso importante

Este artículo es informativo y orientativo. La aplicación práctica depende del caso concreto, de la normativa aplicable, del territorio y de los ejercicios afectados.

Recomendamos la supervisión de un profesional antes de presentar escritos, rectificar declaraciones o iniciar reclamaciones. Asproyen no se hace responsable del uso incorrecto de la información o de interpretaciones erróneas.