Declarar inversiones no es “solo meter un número” en la Renta. La clave está en tener la información ordenada, entender qué operación tributa y cuál no, y calcular correctamente la ganancia o pérdida patrimonial.
En Asproyen estamos publicando guías claras y aplicables para esta nueva etapa digital. Si quieres contexto, aquí tienes:
En este artículo te explicamos lo básico sobre:
Aviso rápido: es una guía orientativa. Si operas con volumen, con brokers extranjeros, DeFi, o tienes muchas operaciones, conviene revisión profesional.
Cuando vendes acciones que has comprado en fechas distintas, Hacienda aplica el criterio FIFO: se consideran vendidas primero las acciones compradas primero. Es el método legal para identificar qué títulos se transmiten al calcular la ganancia o pérdida patrimonial.
Esto se aplica por tipo de valor y bajo el concepto de valores homogéneos (mismo emisor y misma naturaleza), que es lo que determina si se “mezclan” lotes de compras para aplicar FIFO.
Si tu broker te da un “informe fiscal”, úsalo como base, pero valida:
En fondos hay una diferencia fundamental:
Cuando reembolsas participaciones (total o parcialmente), lo normal es que exista una ganancia o pérdida patrimonial que se integra en la base del ahorro (y suele haber retención si procede).
Si haces un traspaso entre fondos elegibles, suele aplicarse el diferimiento fiscal: no tributas en ese momento y no hay retención; se mantiene la antigüedad/valor de adquisición a efectos fiscales hasta que hagas el reembolso definitivo.
Importante: el diferimiento se aplica en condiciones concretas (por ejemplo, fondos españoles y ciertos fondos UCITS comunitarios registrados). No todos los productos ni todas las plataformas encajan igual.
Con cripto suele haber dos errores típicos:
Genera ganancia o pérdida patrimonial: diferencia entre lo obtenido (en euros) y el coste de adquisición (en euros), teniendo en cuenta gastos relacionados.
La permuta (por ejemplo, BTC → ETH) también genera ganancia o pérdida patrimonial. Aunque no “salga” dinero a tu cuenta, hay una transmisión a cambio de otra moneda virtual y se declara.
Consejo: en brokers extranjeros es habitual que no aparezca todo “precargado” en los datos fiscales. Hay que cuadrarlo.
Si haces DeFi, staking, lending o productos complejos, conviene revisión porque la casuística se multiplica.
Si has operado con acciones, fondos o cripto y quieres declarar con tranquilidad, en Asproyen te ayudamos a:
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Este artículo es informativo y orientativo. La aplicación práctica depende del caso concreto, de la normativa aplicable, del territorio y de los ejercicios afectados.
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