Resumen clave: Si eres agricultor o ganadero acogido al REAGP y tributa en módulos, conviene revisar si en 2022, 2023 o 2024 la compensación se computó como ingreso para calcular límites, si eso afectó a tu permanencia en el régimen de estimación objetiva o si provocó una mayor tributación. No es una devolución automática: depende de cada caso y de los plazos.
Si eres agricultor o ganadero en módulos, puede que 2022, 2023 y 2024 todavía merezcan una revisión. La clave está en comprobar si la compensación REAGP se sumó como ingreso y si eso afectó a tu tributación, a tu permanencia en módulos o a una posible exclusión del régimen de estimación objetiva. En Asproyen ya hemos explicado qué ha pasado con la compensación REAGP y el criterio sobre su cómputo como ingreso. Ahora queremos ir un paso más allá con una guía práctica para agricultores de Lora del Río, la Vega del Guadalquivir, Sevilla y otras zonas agrícolas. Porque si 2021 no se revisó a tiempo, no conviene dejar pasar también 2022, 2023 y 2024.
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Respuesta rápida: qué deben revisar los agricultores en módulos
💡 En resumen: Los agricultores y ganaderos acogidos al REAGP y que tributan en módulos deberían revisar si en 2022, 2023 o 2024 la compensación REAGP se computó como ingreso para calcular límites, si eso afectó a su permanencia en módulos o si provocó una mayor tributación.
No se trata de una devolución automática. Se trata de una revisión fiscal que depende de cada caso, de los modelos presentados, de los plazos y de la documentación disponible. En Asproyen analizamos cada situación de forma individual.
Qué es la compensación REAGP
El REAGP es el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca del IVA. Este régimen funciona de forma distinta al IVA general:
- El agricultor o ganadero no repercute IVA como en el régimen general
- Tampoco deduce el IVA soportado de la forma habitual
- En su lugar, recibe una compensación a tanto alzado en determinadas ventas y servicios
💡 Porcentajes de compensación REAGP: el 12% en productos agrícolas o forestales y servicios accesorios, y el 10,5% en productos ganaderos o pesqueros y servicios accesorios. El problema aparece cuando esa compensación se trata como si fuera una venta ordinaria a efectos de calcular el volumen de ingresos en módulos.
Por qué afecta a los agricultores en módulos
⚠️ El problema concreto: Si a las ventas reales se les suma la compensación REAGP como si fuera un ingreso más, el volumen total puede parecer superior al real. Y eso puede provocar consecuencias importantes en la permanencia en módulos.
Muchos agricultores tributan en estimación objetiva, es decir, en módulos. Para permanecer en este régimen hay que cumplir determinados límites. En actividades agrícolas, ganaderas y forestales existe un límite de volumen de ingresos que puede determinar si se puede seguir o no en módulos. Si se supera ese límite incluyendo la compensación REAGP, el agricultor puede verse excluido del régimen o tributar de más, sin que eso corresponda a su situación real.
Ejemplo práctico: cómo puede cambiar el resultado
Este ejemplo ilustra cómo puede cambiar el resultado según se compute o no la compensación REAGP dentro del volumen de ingresos:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ventas reales de productos agrícolas | 248.000 € |
| Compensación REAGP (12% sobre las ventas) | 29.760 € |
| Total si se suma la compensación | 277.760 € |
| Volumen sin sumar la compensación | 248.000 € |
En este ejemplo, el agricultor estaría cerca del límite por ventas reales (248.000 €). Pero si se suma la compensación REAGP, el total aparente supera ampliamente los 250.000 €. La diferencia no es menor: puede afectar a la forma de tributar y a la permanencia en el régimen de módulos.
En la práctica, ¿dónde suele estar el error?
En muchos casos, el error no está en la venta ni en el cobro. Está en no separar correctamente estos tres conceptos que suelen aparecer juntos en la documentación de cooperativas, compradores o resúmenes anuales:
- 🌾 Ventas reales de producto agrícola o ganadero
- 💶 Compensación REAGP recibida
- 📋 Total cobrado por el agricultor (venta + compensación)
💡 En Asproyen recomendamos no mirar solo el total cobrado, sino separar correctamente cada concepto. Si no se revisa bien, puede parecer que el agricultor ha tenido más ingresos reales de los que corresponden a efectos del límite de módulos.
Qué ejercicios conviene revisar
La revisión debería centrarse especialmente en 2022, 2023 y 2024. Si en algún ejercicio anterior no se actuó a tiempo, puede que ya no sea posible revisarlo. Pero eso no significa que haya que dejar pasar ejercicios posteriores que todavía puedan estar dentro de plazo. Conviene revisar especialmente si:
| Situación | Motivo de revisión |
|---|---|
| Estabas cerca del límite de módulos en algún ejercicio | La compensación pudo alterar el cálculo y provocar la exclusión |
| Saliste de módulos en 2022, 2023 o 2024 | Hay que revisar si la exclusión dependió del cómputo de la compensación |
| Tributaste más de lo esperado en alguno de esos años | Puede haber impacto fiscal revisable |
| Recibiste comunicaciones de Hacienda sobre esos ejercicios | Hay que analizar plazos y contenido con la asesoría |
| Tus resúmenes de cooperativa mezclan venta y compensación | Hay que separar venta real y compensación REAGP |
| No sabes cómo se calculó el volumen de ingresos | Es mejor comprobarlo con documentación antes de que prescriba |
¿Qué pasa si 2021 no se revisó?
⚠️ Importante: No todos los casos son iguales. Los plazos dependen de fechas concretas, declaraciones presentadas, notificaciones, liquidaciones y actuaciones previas. No publicamos mensajes del tipo ‘reclama automáticamente’ porque sería demasiado genérico e induciría a error.
Aquí hay que ser prudentes. Si 2021 ya no tiene margen en tu caso concreto, no tiene sentido insistir en ese ejercicio. El enfoque correcto es este: revisa 2022, 2023 y 2024 antes de que ocurra lo mismo. Cada ejercicio que pasa sin revisarse puede significar perder la posibilidad de actuación. La única forma de saber si existe margen real es hacer una revisión técnica con la documentación disponible.
Documentación que deberías traer a la asesoría
Para revisar si te afecta, prepara toda la documentación disponible:
- 📊 Declaraciones de IRPF de 2022, 2023 y 2024
- 📋 Modelos relacionados con la actividad (módulos, IVA agrícola)
- 🧾 Facturas o recibos de venta de campaña
- 🏭 Resúmenes de cooperativa de cada ejercicio
- 📄 Certificados de compradores
- 💶 Justificantes donde aparezca la compensación REAGP
- 📬 Notificaciones o comunicaciones de Hacienda sobre esos ejercicios
- 📒 Libros registro, si los tienes disponibles
- 🌾 Información por campaña agrícola
- 📑 Cualquier documento donde aparezca el volumen de ingresos utilizado
Agricultores de Lora del Río y la Vega del Guadalquivir: por qué es importante
En zonas agrícolas como Lora del Río, la Vega del Guadalquivir y otros municipios de Sevilla, muchos agricultores trabajan con cultivos como cítricos, olivar, frutales, girasol, patata o cebolla. En estos casos, los volúmenes de campaña pueden variar mucho de un año a otro. También pueden variar precios, compensaciones, costes y forma de cobro. Por eso, revisar correctamente el REAGP no es una cuestión teórica. Puede afectar directamente a agricultores reales que han estado cerca de los límites de módulos o que han tenido dudas sobre cómo se calcularon sus ingresos.
Cuándo deberías pedir una revisión
Te recomendamos pedir una revisión si te encuentras en alguna de estas situaciones:
- 🌾 Eres agricultor o ganadero en módulos
- 📋 Estás o estabas acogido al REAGP
- 💶 Has estado cerca del límite de 250.000 € en algún ejercicio reciente
- ❓ No sabes si la compensación se sumó como ingreso en el cálculo
- 🔄 En algún ejercicio saliste del régimen de módulos
- 📬 Has recibido una notificación de Hacienda relacionada con estos ejercicios
- 📄 Tu documentación de cooperativa mezcla venta y compensación sin separarlas
- ⏳ No revisaste 2021 y no quieres que pase lo mismo con 2022, 2023 o 2024
Qué revisamos en Asproyen
En una revisión REAGP analizamos los siguientes puntos de forma sistemática:
- 1. Si estabas acogido al REAGP en los ejercicios a revisar
- 2. Si tributabas en módulos (estimación objetiva)
- 3. Qué ventas reales de producto tuviste en cada campaña
- 4. Qué compensación REAGP cobraste en cada ejercicio
- 5. Cómo se calculó el volumen de ingresos en los modelos presentados
- 6. Si la compensación se sumó e impactó en el límite de módulos
- 7. Si hubo exclusión de módulos como consecuencia de ese cómputo
- 8. Si hubo una mayor tributación derivada de esa situación
- 9. Qué ejercicios siguen dentro del plazo de actuación
- 10. Qué vía de actuación puede corresponder en cada caso concreto
No es una devolución automática
⚠️ Punto importante: No todos los agricultores tienen derecho automáticamente a recuperar cantidades. Cada caso depende de la documentación, de los ejercicios afectados, de los modelos presentados y de los plazos vigentes en cada momento.
Por eso, lo responsable es hacer una revisión técnica antes de iniciar cualquier trámite. Una actuación precipitada o basada en información incorrecta puede complicar la situación en lugar de mejorarla. En Asproyen analizamos primero y actuamos después, con la documentación revisada y los plazos verificados.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje tiene la compensación REAGP?
La compensación es del 12% para productos agrícolas o forestales y servicios accesorios, y del 10,5% para productos ganaderos o pesqueros y servicios accesorios.
¿La compensación REAGP cuenta como ingreso en módulos?
Desde el ejercicio 2025, la AEAT indica que no se computa en el volumen de ingresos la compensación del REAGP del IVA. Para ejercicios anteriores (2022, 2023, 2024), conviene revisar cada caso según la documentación disponible y los plazos, ya que la aplicación del criterio puede variar.
¿Puedo reclamar automáticamente cantidades de 2022, 2023 o 2024?
No automáticamente. Primero hay que revisar si la compensación se computó indebidamente, si afectó al resultado fiscal y si el ejercicio sigue dentro de plazo. Cada caso es diferente y requiere una revisión técnica previa.
¿Qué pasa si ya no revisé 2021?
Depende de las fechas, del expediente y de las circunstancias concretas de cada caso. Si no hay margen sobre 2021, sigue siendo importante revisar 2022, 2023 y 2024 antes de que ocurra lo mismo con esos ejercicios.
¿Qué documentación necesito para revisar mi caso?
Declaraciones de IRPF de los ejercicios a revisar, modelos fiscales presentados, recibos de venta, resúmenes de cooperativa, justificantes de compensación REAGP y cualquier comunicación recibida de Hacienda relacionada con esos períodos.
¿Eres agricultor en módulos y no sabes si el REAGP se calculó bien?
En Asproyen (Lora del Río, Sevilla) revisamos tus ejercicios 2022, 2023 y 2024 y te indicamos si existe margen de actuación. Trabajamos con agricultores, ganaderos y empresas del sector agrario de la Vega del Guadalquivir y toda la provincia de Sevilla.
Aviso importante: Información elaborada con base en la normativa del REAGP (Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca) y el régimen de estimación objetiva vigente. Para ejercicios anteriores a 2025, la aplicación de criterios sobre el cómputo de la compensación REAGP puede variar según el caso. Consulta siempre con un profesional antes de iniciar cualquier actuación fiscal. Información de referencia en sede.agenciatributaria.gob.es.